Licencia de pesca y/o caza - Exenciones

Los residentes de Florida y los visitantes   deben poseer una licencia de caza pesca en agua dulce pesca en agua salada de Florida cuando participen en actividades de pesca o caza.

  • Se requieren licencias y permisos para ayudar o asistir en la captura. Toda persona que participe de manera pasiva (colocando señuelos, llamando aves o cebando anzuelos), esté pescando o cazando activamente o no, debe contar con una licencia y los permisos correspondientes.

  • Se requiere una licencia para intentar capturar peces. Necesita una licencia de pesca si lanza una línea o practica la captura y liberación.

  • Se requiere una licencia de pesca en agua salada para intentar capturar cualquier organismo marino nativo o no nativo, como cangrejos, langostas y plantas marinas.

  • Se requieren licencias y permisos para ayudar o asistir en la captura. Toda persona que participe de manera pasiva (colocando señuelos, llamando aves o cebando anzuelos), esté pescando o cazando activamente o no, debe contar con una licencia y los permisos correspondientes.

  • Las personas registradas en el Registro Nacional de Pescadores en Agua Salada deben contar con una licencia de pesca recreativa de Florida, a menos que estén exentas según lo indicado a continuación.

De conformidad con el Estatuto de Florida 379.353, las siguientes personas están EXENTAS de poseer licencias de caza recreativa, pesca en agua dulce o pesca en agua salada, así como de los requisitos de permisos de aves acuáticas, aves migratorias, venado, pavo, róbalo, langosta espinosa, arco, ballesta, armas de avancarga y áreas de manejo en Florida (salvo que se indique lo contrario, estas exenciones no aplican al requisito federal del sello para patos):

  • Menores de 16 años de edad (también exentos del requisito del sello federal para patos)

  • Residentes de Florida de 65 años o más con prueba de edad o de residencia (como una licencia de conducir válida de Florida o tarjeta de identificación), o que posean un Certificado opcional de Caza/Pesca para Residentes de 65+ años (disponible sin costo en línea en GoOutdoorsFlorida.com o en nuestra oficina de atención al público)

  • Pescar en agua dulce o cazar en el condado de residencia, en su propiedad (o la de su cónyuge o hijo menor de edad), o si usted es un menor de edad, pescar en agua dulce o cazar en la propiedad de su padre o madre

  • Residentes de Florida certificados como total y permanentemente discapacitados que posean una Licencia de Caza y Pesca para Personas con Discapacidad Residentes de Florida

  • Residentes de Florida que sean miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos no destacados en este estado y que se encuentren de licencia por 30 días o menos, presentando sus órdenes

  • Personas que cazan jabalí salvaje en terrenos privados

  • Personas que observan o graban a alguien que está pescando o cazando y que no están ayudando (cebando anzuelos, enrollando la línea, colocando señuelos, llamando aves, etc.) en la captura de ninguna manera

  • Veteranos discapacitados o miembros activos o en servicio de reserva de las fuerzas armadas, así como sus familiares directos y asistentes, que participen en un evento recreativo al aire libre autorizado para el cual la Comisión haya emitido un Permiso de Exención de Licencia para Eventos de Veteranos Militares/Discapacitados al organizador del evento

  • Clientes o participantes (residentes y no residentes) que cacen en un coto de caza que cuente con una Licencia General para Cotos de Caza , están exentos de los requisitos individuales de licencia de caza, permiso para cazar venado, permiso para aves acuáticas de Florida, permiso para temporada de arco, permiso para temporada de ballesta, permiso para temporada de armas de avancarga y/o permiso para cazar pavos (conforme al Estatuto de Florida 379.3712)

Además, están exentos de poseer una licencia de captura de animales de piel (fur-bearer Trapping License):

  • Residentes de Florida de 65 años o más con prueba de edad o de residencia (como una licencia de conducir válida de Florida o tarjeta de identificación), y que posean un Certificado opcional de Caza/Pesca para Residentes de 65+ años (disponible sin costo en línea en GoOutdoorsFlorida.com o en las oficinas de los recaudadores de impuestos del condado)

Además, están exentos de poseer una licencia de pesca en agua dulce los siguientes:

  • Residentes de Florida aceptados como clientes para servicios por discapacidad del desarrollo por parte de la  Agencia para Personas con Discapacidades . La agencia debe proporcionar prueba de esta condición a dichos clientes

  • Personas que pescan en estanques de 20 acres o menos, ubicados completamente dentro de la propiedad privada de su propietario. Un estanque se define como un cuerpo de agua artificial construido con el propósito principal de pescar, completamente dentro de los límites de la propiedad del propietario y sin conexión superficial con aguas públicas

  • Personas que pescan en un estanque de 20 acres o más, cuyo propietario haya adquirido una  licencia para estanque de pesca con un costo de $3 por acre de superficie

  • Personas que posean una  Licencia de Pesca Comercial en Agua Dulce para Residentes

  • Personas que pesquen en el río St. Mary's o el lago Seminole (pero no en los arroyos tributarios en Florida) y que cuenten con una licencia de pesca válida del estado de Georgia

  • Personas que pesquen en agua dulce durante los  días de pesca gratuita en agua dulce

  • Residentes de Florida que pesquen con carnada viva o natural, utilizando cañas o líneas que no estén equipadas con un mecanismo de recuperación de línea, y que lo hagan con fines no comerciales dentro de su condado de residencia (no incluye las áreas de manejo de pesca dentro del mismo condado)

Además, están exentos de poseer una licencia de pesca en agua salada y permisos para róbalo o langosta espinosa los siguientes:

  • Residentes de Florida aceptados como clientes para servicios por discapacidad del desarrollo por parte de la  Agencia para Personas con Discapacidades . La agencia debe proporcionar prueba de esta condición a dichos clientes

  • Personas que pesquen en agua salada desde una embarcación alquilada (guía, chárter o bote colectivo) que cuente con una licencia chárter válida . La embarcación debe contar con permisos para róbalo y/o langosta espinosa para que la exención aplique al individuo.

  • Personas que pesquen en agua salada desde una embarcación cuyo operador tenga una licencia recreativa de pesca en agua salada para embarcaciones válida, emitida a nombre del operador. El operador debe poseer permisos válidos para róbalo y/o langosta espinosa para que la exención aplique al individuo.

  • Personas que pesquen en agua salada durante un día de pesca gratuita en agua salada

  • Personas que pesquen en agua salada desde un muelle que cuente con una licencia de muelle para pesca en agua salada válida

  • Personas que posean una licencia de productos de agua salada válida o una licencia de capitán chárter emitida por la FWC (esto no aplica a licencias de embarcaciones chárter, licencias de la Guardia Costera de EE. UU. ni al personal que opere bajo cualquier licencia de chárter o licencias SPL de embarcación o tripulación individual). Aun así, se requerirán los permisos para róbalo y/o langosta espinosa.

  • Residentes de Florida que pesquen róbalo en agua dulce y que cuenten con una licencia de pesca en agua dulce para residentes de Florida válida

  • Residentes de Florida que pesquen en agua salada desde tierra o desde una estructura fija a tierra y que hayan sido determinados como elegibles para el Programa de cupones de alimentos, asistencia monetaria temporal o Medicaid por parte del Departamento de Niños y Familias (DCF). Se debe portar una prueba de identificación y una tarjeta de beneficios o de identificación del programa emitida por el DCF o por la Agencia para la Administración del Cuidado de la Salud al momento de pescar. Se requiere licencia cuando se pesca desde una embarcación, nadando o buceando, y esta exención no aplica a la pesca en agua dulce

  • Residentes de Florida que pesquen en agua salada con carnada viva o natural, utilizando cañas o líneas que no estén equipadas con un mecanismo de recuperación de línea, con fines no comerciales dentro de su condado de residencia (no incluye las áreas de manejo de pesca dentro del mismo condado). Aun así, se requerirán los permisos para róbalo y/o langosta espinosa.

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