Descuentos por Pago Anticipado

Estatuto de Florida 197.162. Se ofrecen los siguientes descuentos por pronto pago:

4% si se paga en Noviembre

3% si se paga en Diciembre

2% si se paga en Enero

1% si se paga en Febrero

Importe total del impuesto si se paga en marzo. No se aplica ningún descuento.

Cuando corresponda, los descuentos se determinan según la fecha en que se realice el pago si este se efectúa en persona, por teléfono o en línea, y según la fecha del matasellos si se realiza por correo postal.

Si el período de descuento finaliza en sábado, domingo o día feriado legal, la fecha límite de pago se extiende hasta el siguiente día hábil si se paga en línea o en persona.

De conformidad con el Estatuto de Florida 197.322, el período de descuento no podrá extenderse debido a que una factura de impuestos sea devuelta como no entregada, ya sea electrónicamente o por correo postal.

De conformidad con el Estatuto de Florida 197.122, todos los propietarios de bienes se presumen conocedores de que los impuestos son exigibles y pagaderos anualmente, y son responsables de determinar el monto de los impuestos vigentes y morosos, así como de efectuar su pago antes del 1 de abril del año siguiente a aquel en que se hayan evaluado dichos impuestos.

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